Un 10% del monto que inviertan podrá deducirse de Ganancias en 2017 y 2018. Requisitos y limitaciones
El Ministerio de Producción y la AFIP ya están delineando los últimos detalles de la reglamentación de un capítulo clave de la Ley Pyme 27.264, aprobada el año pasado: la posibilidad de computar a cuenta de Ganancias un porcentaje de las inversiones que efectúen las empresas. La intención es que para fin de febrero ya esté listo el texto definitivo, con lo que en marzo ya entraría en vigencia.
Básicamente, la ley permite que el 10% del monto invertido sea considerado a cuenta del pago de Impuesto a las Ganancias. La propia Ley Pyme dispuso que este beneficio será excepcional, ya que sólo estará vigente este año y el 2018. El objetivo es facilitar y en la medida de lo posible acelerar el proceso de inversiones.
La medida se prevé que esté en vigencia desde el inicio de marzo
Previo a esta facilidad, las compañías que quieran aprovechar esta ventaja tendrán que anotarse en el registro Pyme que habilitó la AFIP el año pasado. Ya hay 220.000 compañías inscriptas sobre 800.000. El objetivo oficial es llegar a un millón en todo el país.
Un beneficio con topes
Pero esta ventaja tendrá también sus límites. No podrá exceder el 2% del volumen de ventas anual de la empresa o 3% en caso de una compañía manufacturera.
Pero además se fijará un cupo máximo de $5.000 millones por año para todo el país.